miércoles, 5 de noviembre de 2008

CARLOS EDUARDO AGUIRRE CASTAÑEDA

VISION

La empresa frutivilla forma trabajadores con proyeccion a la manipulacion de alimentos frutales de tal manera que el desarrollo social sirva a la comunidad.

MISION

Somos una empresa que fomenta competencias a la hora de manipular alimentos frutales; para suplir las necesidades del consumidor a travës de la creacion de yogures, compotas, nectares, mermelada, pinchos de fruta, la chicha de piña, bocadillo, nectares, jugo nectar etc.

QUIENES SOMOS

Somos una empresa estudiantil, cuya función principal es la elaboración de productos a base de fruta de excelente calidad para su consumo y comercialización; como estudiantes villistas, nos estamos formando con mentalidad emprendedora que nos lleva a poder montar nuestra propia empresa.

PROYECTO

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCION Pag.
1. PLANTEAMINETO DEL PROBLEMA ……………….......................................1.
2. JUSTIFICCION ………………………………………………………………………………………..2.
3. OBJETIVOS………………………………………………………………………………………………3.
4. MARCO REFERENCIAL……………………………………………………………………………4.
4.1. ANTECEDENTES…………………………………………………………………………………………4.
4.2. MARCO CONTEXTUAL………………………………………………………………………………4.
4.3. MARCO CONCEPTUAL ……………………………………………………………………………..5.
4.4. MARCO LEGAL……………………………………………………………………………………………6.
4.5. ARTICULO 36……………………………………………………………………….7.
4.6. ARTICULO 50……………………………………………………………………….8.
5.METODOLOGIA……………………………………………………………………………………………….9.
5.1. TIPO DE PROYECTO……………………………………………………………………………………9.
5.2. TEORIA DE RECOLECCION DE DATOS……………………………………………………..9.
5.3. POBLACION OBJETO…………………………………………………………………………………..9.
5.4. SENCIBILIZACION A LA COMUNIDAD ……………………………………………………..10.
6.CRONOGRAMA ………………………………………………………………………………………….11.
7. ENCUESTA…………………………………………………………………………………………………….12.
8.PEDAGOGIA………………………………………………………………………………………………..13.
9. ENSEÑANZA……………………………………………………………………………………………………13.
10. PROCEDIMIENTO DE ELABORACION DE JUGOS……………………………………….14.
11. LOGO……………………………………………………………………………………………………………….15.
12. CONCLUCION…………………………………………………………………………………………………16.
13. WEB GRAFIA……………………………………………………………………………………………………17.



INTRODUCCION

Interesados en la comunidad villista analizando su énfasis en procesamiento de alimentos NO HAY una micro empresa.
Nos hemos comprometido con la comunidad villista para montar una micro empresa “ fruti villa” para esto implementamos muchos propósitos y conocimientos acerca de procesamiento de alimentos .
Esto nos servirá para elaborar y producir nuestro producto a base de frutas.



1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

En la institución educativa Gustavo villa Díaz no existe una micro empresa que cumpla su énfasis dentro de la institución y transmitirla a los alumnos siempre y cuando nos beneficie con una pequeña cocina para las necesidades y en el desarrollo de nuestras competencias practica para los siguientes productos.
* Jugos naturales
* Ensaladas de fruta
* Compotas
* mermeladas
•dulce de fruta



2. JUSTIFICACION

Este proyecto pedagógico se ha realizado con el esfuerzo de los estudiantes del grado once B, ya que estamos interesados en crear una micro empresa “FRUTIVILLA” que ofrece productos como jugos.
Es importante que los alumnos del ultimo grado presenten los proyectos pedagógicos para que puedan desarrollar sus destrezas y habilidades para la ejecución del proyecto y para poder solucionar las necesidades del establecimiento.
Mediante este proyecto podemos dar a conocer a los estudiantes que se interesen para que puedan crear su propia empresa de procesamiento para que se cumpla lo que esta escrito en la misión y visión de la institución y el decreto 1860 y en el ART. 36.

Como esta estipulado y escrito en la ley 115 art. 27-31 y en el decreto 1860 art. 36



3. OBJETIVO

3.1. OBJETIVOS GENERALES:
Elaborar jugos néctar para la micro empresa “FRUTIVILLA” con las normas de ingrenización, control de inbima y la higiene , todo esto lo realizaremos después de haber ejecutado el proyecto.

3.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS:
* tener destrezas y habilidades para el manejo de los alimentos
* Colaborando con la empresa FRUTIVILLA
•Adquirir destrezas y habilidades con la ejecución y planteamiento de los proyectos .



4. MARCO REFERENCIAL

4.1. ANTECEDENTES:
Procesamiento de alimentos en donde se desarrolla pequeñas teorías y practicas de productos fruticos, estas clases de mercadeo y emprender ismo todas estas clases fueron dictadas a los profesores para que obtengan mas conocimiento previos en las materias.

4.2. MARCO CONTEXTUAL:
•JUGOS NÉCTAR: zumo de las sustancias, animales o vegétales sacados por presión, opción, o destilación
• FRUTAS: fruto comestible de ciertas plantas cultivadas por ejemplo, la pera, fresa, mango, etc.
• MERCADEO: efecto y acción de mercadeo es un conjunto de operaciones por la que pasa una mercancía.

•PROYECTO: planta y disposición que se forma para realizar un tratado o para la ejecución de algo con importancia
• MICRO ECONOMIA: estudio de la economía en relación con acciones individuales de un comprador o un fabricante de una empresa.

4.3. MARCO CONCEPTUAL:
La institución educativa Gustavo villa Díaz se encuentra ubicada en la calle 12 barrio Meridiano 70 y esta conformada por 24 aulas de clases, un laboratorio bilingüe, 2 sala de informática y una biblioteca con el sector administrativo.


4.4. MARCO LEGAL - DECRETO 1860, ART 36-LEY 115 DE LA EDUCACION
LEY 115

ARTICULO 1o. Objeto de la ley. La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social.
que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus
deberes.
La presente Ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que cumple una
función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la sociedad. Se
fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona,
en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra y en su carácter de servicio público.
CONCLUCION: Que los estudiantes deben formarse de manera social y cultural para el aprendizaje e investigación de su vida cotidiana.


4.5. ARTICULO 5O. FINES DE LA EDUCACIÓN
De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación
se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos,
históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el
desarrollo del saber.
7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la
investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.

9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico
nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la
participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico delpaís.

8…EPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ARAUCA UNIDAD EDUCATIVA GUSTAVO VILLA DIAZ.
Objetivo: La presente encuesta tiene como objetivo de jugos néctares de nuestra empresa frutivilla del grado 11º B.No te llevara mas de 10min en contestar las preguntas, muchas gracias por su colaboración.

1.¿Sabe usted elaborar correctamente un jugo néctar?
Si__ no__

2. ¿Según tu opinión esta usted acuerdo que en la institución educativa se ofrezcan a los alumnos este producto como lo es el jugo néctar?
A. Si porque la institución educativa daría a conocer productos hechos a bases de frutas por lo que esta institución es técnica en procesamiento de alimento.
B. Porque este producto beneficiaria a todas las ciudadanía y comunidad villista.
C. Ninguna de las anteriores.

3.¿Estarías dispuesto a probar un nuevo producto de jugos néctar producido en nuestro colegio?
O De vez en cuando O Siempre O Nunca

4. ¿Tiene preferencia de consumir jugos néctar ?
O De vez en cuando O Siempre O Nunca

5. ¿Sabe usted que en nuestra dieta alimentaria en necesario consumir jugos néctar?
SI__ NO__

6. ¿Con que porosidad consume usted jugos néctar procesado?
O Cada semana O Cada 15 días O De vez en cuando O Nunca

7. ¿Te gustan los jugos néctar espesos ?
O Mucho O Poco O Mas o menos

8. ¿Te gustan los jugos néctar semi líquidos ?
O Mucho O Poco O Mas o menos

9. ¿Dónde le gustaría adquirir este producto de jugos néctar?
O Tienda especializada O Grandes almacenes O Internet O Colegio O Otros

10. ¿Qué opinión le merece el producto de jugos néctar?
O Muy interesante O Interesante O Neutro
O poco interesante O Nada interesante

9. PEDAGOGIA

Pedagogía, teoría de la enseñanza que se impuso a partir del siglo XIX como ciencia de la educación o didáctica experimental, y que actualmente estudia las condiciones de recepción de los conocimientos, los contenidos y su evaluación, el papel del educador y del alumno en el proceso educativo y, de forma más global, los objetivos de este aprendizaje, indisociables de una normativa social y cultural.

9.1 ENSEÑANZA
Enseñanza o Educación, presentación sistemática de hechos, ideas, habilidades y técnicas a los estudiantes. A pesar de que los seres humanos han sobrevivido y evolucionado como especie por su capacidad para transmitir conocimiento, la enseñanza (entendida como una profesión) no aparece hasta tiempos relativamente recientes.


10. PROCEDIMIENTO DE ELABORACION DE JUGOS
1.Hervir la fruta
2. Se agrega una gótica de cloro
3. Se le agrega azúcar
4. Licuado
5. Colado
6. Embasado
12. CONCLUCION

LUEGO DE ANALIZAR EL PROYECTO DEL GRADO 11-B FRUTI VILLA “JUGOS” PARA EL APRENDISAJE Y ELABORACION DE MANIPULACION DE ALIMENTOS EN EL AÑO 2008 SE PUEDE OBSERBAR EL EMPEÑO DE LOS JOBENES A LA HORA DE MANIPULAR UN PRODUCTO.

13. WEBGRAFIA
WWW.ENCARTA2007.COM
EN ESTA PAGINA INVESTIGE MAS A CERCA DE COMO SE CREA UNA METODOLOGIA.
WWW.WIKIPEDIA.ORG
EN ESTA PAGINA INVESTIGE MAS A CERCA DE COMO SE CREA UN PROYECTO.
WWW.GOOGLE.COM
EN ESTA PAGINA INVESTIGE COMO SE REALIZA UN CRONOGRMA

EVIDENCIAS DE LA FABRICACION DE MI PRODUCTO





































































LOGOTIPO DE LA EMPRESA


CONVENIO CON EL SENA

CONVENIENTES:


SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL ARAUCA R/L HUGO RAMON MARTINEZ ARTEGA Y UNIDADA EDUCACTIVA GUSTAVO VILLA DIAS R/L ESTELA GALINDES TOVAR

OBJETIVOS:

DESARROLLO PROCESOSO DE FORMACION PROFECIONAL INTEGRAL EN LA ESTRUTURA CURICULAR Y MODULO DEL PROGRAMA DE FORMACION PARA EL TRABAJO DEACUERDO AL DISEÑO CURRUCULAR “TECNICO PROFECIONAL EN PROCESAMIENTO DE ALIMENTOS PERECEDEROS” ATRAVES DE LA ARTICULACION CON EL SENA QUE LE PERMITE A LOS DEL GRADO 10 Y 11 DE LA EDUCACION MEDIA TECNICA EN MEJORAMIENTO CONTINUO, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLAN CON LOS PROCEDIMIENTOSY NORMAS ESTABLECIDAS POR EL SENAEntre HOGO RAMON MARTINEZ ARTEGA mayor de edad vecino de Arauca identificado con la cedula de ciudadanía numero 17.581.186 de Arauca, en calidad de subdirector de centro con funciones de director regional de Arauca de SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA nombrado mediante resolución numero 02240 del 12 de octubre de 2004, y acta de posesión numero 0416 del 27 de octubre del 2004 de conformidad con la delegación efectuada mediante resolución numero 02039 de 2004en concordancia con la ley 489 de 1994, articulo 9, y para efecto del presente convenio se denominara EL SENA establecimiento publico descentralizado del orden nacional actualmente regulado por la ley 119 de 1994 y el decreto 249 de 2004 y STELLA GALINDEZ TOVAR, mayor de edad vecina de Arauca identificada con la cedula de ciudadanía numero 24.242.486 de Arauca en calidad de rectora de la UNIDAD EDUCACTIVA GUSTAVO VILLA DIAZ nombrada mediante resolución 236 del ocho (08) de abril de 2005 y acta de posesión del once (11) de abril de 2005 hemos acordado celebrar este convenio teniendo en cuenta la siguiente consideración : 1 que la ley 115 de 1994 general de educación articulo 32 párrafo señala: “para la creación de instituciones de educación media técnica o para la incorporación de otras y para la oferta de programa, se deberá tener una infraestructura adecuada, el personal docente especializado y establecer una coordinación con el servicio nacional de aprendizaje – SENA u otras instituciones de capacitación laboral o del sector productivo ”. 2 que la ley 119 de 1994, de la reestructuración de l SENA, articulo 4 numero 13, dispone: “asesorar al ministerio de educación nacional en el diseño de los programas de educación media técnica, para artículos con la formación profesional integral” 3 que la ley 812 de 2003, en el articulo 8º liberal b) numeral 9, expresa “el fortalecimiento de la capacitación a la población desempleada buscara facilitar su vinculación al mercado laboral. La meta del SENA es aumentar sustancialmente el numero de personas que reciben capacitación para lo cual se apoyara en la construcción del sistema nacional de formación para el trabajo” a su vez el decreto 240 en le articulo 24, numeral10 consagra: “gestionar y coordinar los proceso de reconocimiento y autorización de programas , de articulación de acción de formación de los centros con las instituciones de educación media técnica, educación superior, empresas y otras organizaciones, de acuerdo can las políticas de la dirección general con el propósito de garantizar movilidad y reconocimiento en la cadena de formación”. En cumplimiento de los preceptos legales anteriores las partes acuerdan suscribir el presente CONVENIO que se que se rige por las siguientes clausulas: PRIMERA – OBJECTIVO GENERAL. Desarrollar procesos de formación profesional integral en la estructura curricular y módulos del programa de formación para el trabajo de acuerdo al diseño curricular “Técnico profesional en procesamiento de alimentos perecederos” a través de la articulación con el Sena que le permite a los alumnos de los grados 10 y 11 de la educación media técnica el mejoramiento continuo, siempre y cuando cumplan con los procedimientos y normas establecidas por el SENA. SEGUNDA – OBJETIVOS ESPECIFICOS. 1. Ofrecer información técnica que proporcione posibilidades de movilidad hacia otras movilidades y niveles educativos (cadena de formación) o para vincularse laboralmente. 2 ejecutar acciones de actualización pedagógica y técnica para el mejoramiento continuo de los docentes de las instituciones vinculadas al programa de articulación. 3. Implantar y desarrollar los módulos de los programas que desarrolla el SENA. 4. Elevar el nivel educativo de los jóvenes y elevar la continuidad en estudios superiores. 5. Fomentar en los jóvenes las actitudes empresariales y propiciar sus prácticas laborales. 6. Propiciar la inserción de los jóvenes al trabajo. 7. Mejorar la oferta de formación técnica y accederle pertinente y de calidad de acuerdo a las experiencias de sector productivo. TERCERA – OBLIGACIONES CONJUNTAS. Elaborar y desarrollar el plan operativo en el cual se adelantara los programas de actividades fechas responsables de la ejecución y seguimiento. 2. Cumplir en todas sus partes el plan operativo acordado. 3. Participar activamente en los comités directivos y técnico establecidos en el convenio. 4. Propiciar la actualización delos docentes que intervienen en los programas de articulación tanto en lo pedagógico lo técnico. 5. Suministrara a la institución educativa a través de los servicios públicos de empleo en las regionales y la información de oferta y demanda de empleo. 6. Propiciar información revelante y pertinente de las mesas sectoriales para orientar la oferta educativa. 7. Garantizara los egresados del programa su continuidad en el SENA hasta obtener su cantidad de técnico siempre y cuando cumpla con los requisitos generales y específicos QUINTA – OBLIGACIONES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA: 1. Desarrollar las actividades previstas en el plan operativo. 2. Orientar evaluar el cumplimiento del plan operativo. 3. Presentar al SENA propuesta de proyectos en temas relacionados con sus vocaciones para su vinculación al programa. 4. Asignar docentes para apoyar el desarrollo del plan operativo objetó del convenio. 5. Adecuar la infraestructura dotar los talleres como laboratorios aulas y material didáctico necesarios para ejecutar el programa de formación que seba asimilar garantizar que el programa ofrecido esta incluido dentro del programa educativos institucional PEI, y que este sea coherente con el plan de desarrollo regional. 6. Garantizar que el programa ofrecido esta incluido dentro de su proyecto educativo institucional y que este sea coherente con el plan de desarrollo regional. 7. Garantizar la participación de docentes y demás personal requerido para plantear, desarrollar y evaluar las acciones del plan operativo. 8. asumir la formación técnica de carácter práctico de los jóvenes con el acompañamiento del SENA y el concertación en el sector operativo. 9. Propiciar el desarrollo de acciones para la iniciación laborar y practica empresarial. 10. Analizar la información proveniente de los centros de servicio público de empleo del SENA de las mesas sectoriales y de otras fuentes observaciones para la toma de decisiones en cuanto a el estimulo y desestimulo de programas de formación para el trabajo. SEXTA – COMITÉ DITECTIVO:; la orientación coordinación y evaluación general del convenio estará a cargo del comité directivo el cual estará conformado por el sud director de centro con funciones de director regional del SENA o su delegado y por el recto de la institución educativa o su delegado. SEPTIMA – FUNCIONES DEL COMITÉ OPERACTIVO. Garantizar el cumplimiento del presente convenio. 2. Aprobar el plan operativo con su cronograma de actividades y las modificaciones a que haya lugar. 3. Efectuar reuniones cada seis (6) meses en forma y extraordinariamente cuando las necesidades a si lo exijan por convocatoria de algunos de sus miembros. 4. Autorizar las publicaciones de los avances y resultados del convenio. PARAGRAFO la secretaria técnica estará a cargo del coordinador de la área responsable el la regional de l SENA OCTAVO – COSTOS: el presente convenio por si solo, no causa afectación presupuestal en ninguna de las entidades que lo suscribe. Par su desarrollo cada una de las partes ejercerá actividades inherentes a su respectiva misión u objeto social NOVENA – DURACION: PRORROGA, Y EJECUCION DEL CONVENIO: Este convenio tendrá una duración de cuatro (4) años, contados a partir de la feche de subscrición y prorrogara automáticamente por el mismo termino ante de su vencimiento, al menos que alguna de las partes manifieste por escrito su intensión d no prorrogarlo en un termino no inferior a tres (3) meses a la fecha de vencimiento. DECIMO – CAUSALES TERMINACION O SUSPENSIÓN DEL CONVENIO: L as partes podrán terminar o suspender el presente convenio mediante acta y previa manifestación por escrito, por las siguientes razones: 1. Por mutuo acuerdo. 2. Por fuerza mayor o por caso fortuito. 3. Por inconveniencia al interés publico del cumplimiento del objeto del co0nvenio. 4. Por cumplimiento anticipado del objeto. 5. Por demora injustificada en el cumplimiento del plan operativo. PARAGRAFO: las anteriores causales ocasionaran la suspensión del convenio, hecho que constara en un acta suscrita por las partes que lo firman, indicando el periodo de suspensión y la fecha de reanudación del que lo firme, indicando el periodo de suspensión y la fecha de reanudación del mismo. DECIMA PRIMERA – CESION: el presente convenio se celebra en consideración a las calidades de las partes. Por lo cual de ellas podrán ceder total o parcialmente las obligaciones y/o los compromisos surgidos del mismo a persona alguna, natural o jurídica. DECIMA SEGUNDA – SOLIDARIDA: No existen régimen de solidaridad entre las partes, se deja claramente establecido que compete de manera exclusa a cada una de ella la responsabilidad del personal que vincule para ejecución del presente convenio y las prestaciones laborales correspondientes, si las hubiere. DECIMA TERCERA – SOLUCION AMIGABLE DE CONFLICTOS: En el evento en que surjan conflictos en cuanto a la ejecución ala ejecución y desarrollo del presente convenio, las partes pueden conciliar judicial y extrajudicialmente, transigir o recurrir a la amigable composición. DECIMA CUARTA – DOMICILIO: Para los efectos legales y convencionales se tendrá como domicilió la ciudad de Arauca. DECIMA QUINTA – PERFECIONAMIENTO Y EJECICION: el presente convenio se entenderá perfeccionado con la suscripción del mismo por las partes intervinientes
Para constancia se firma en Arauca, departamento de Arauca a los 10 ABR. 2008

Por el SENA: POR LA INSTITUCION EDUCATIVA

____________________________ ___________________________


HUGO RAMON MARTINEZ ARTEGA. STELLA GALINDEZ TOVAR.

DECRETO 3075

DECRETO 3075


CONTINUACION DEL DECRETO POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE LA LEY 03 DE 1979Y SE DICLAN OTRAS DISPOSICIONES.
DECRETO NUMERO 3075ALIMENTO ADULTERADO: el alimento adulterado es aquel:A . al cual se le haya sustituido parte de los elementos constituyentes, reemplazados o no por otras sustanciasB. que haya sido adicionado por sustancias no autorizadasc. que haya sido sometido a tratamiento que disimulen u oculten sus condiciones originales yD. que por diferencias en su calidad normal haya sido disimulada u ocultadas en forma fraudulenta sus condiciones originales

ALIMENTO ALTERADO: alimento que sufre modificación o degradación, parcial o total. De los constituyentes que los propios, por agentes físicos, químicos o biológicosALIMENTOS

CONTAMINADOS: alimento que contiene agentes y/o sustancias extrañas de cualquier naturaleza en cantidad superiores a las permitadas en las normas nacionales, o en su defecto en normas reconocidas internacioles

ALIMENTOS DE MAYOR RIESGO EN SALUD PUBLICA: aimentos que, en razon a sus caracteristicas de composicion especialmente en susu contenidos de nutrientes, AW actividades acuosas y pH, favorece el crecimiento microbiono y por consiguiente, cualquier deficiencia en sus proceso, manipulacion, conservacion, transporte, distribucion y comercializacio, puede ocasionar trastornos a la salud del consultor

ALIMENTOS FALCIFICADOS: alimentos falsificados es aquel que:A. Se le designe o expenda con nombre o calificado distinto al que le corresponde;B. su envase, rotulo o estiqueta contega diseño o declaracion ambigua, falsa o que pueda inducir engaño o confusion respecto de su composicion intrinseca y uso. y,C. no proceda de sus verdaderos fabricantes o que tenga la aperiencia y caracteres generales de un producto legitimo, protegido o no por marca registrada, y que se le denomine como este, sin serlo.

ALIMENTO PERECEDERO: El alimento que, en razon de su composicion, caracteristicas fisico - quimicas y biologicas, pueda experimenta alteracion de diversa naturaleza en un tiempo determinado y que, por lo tanto, exige condiciones especiales de proceso, conservacion, almacenamiento y expendio de alimentos.ambiente: cualquier area interna o externa delimitada fisicamente que forma parte del establecimiento destinado a la fabricacin, al procesamiento, a la preparacion, al envase, almacenamiento y expendio de alimento.AUTORIDAD SANITARIA

COMPONENTE: Por autoridades competentes se entendera al instituto nacional de vililancia de medicamentos y alimentos INVIMA y a las direciones territoriales de salud , que, de acuerdo con la ley, ejercen funciones de inspeccion, igilancia y control, y adoptan las acciones de prevencion y seguimiento para garantizar el cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto

BUENAS PRACTICAS DE MANOFACTURA: son los principios basicos y practicas generales de higiene en la manipulacion, preparacion elaboracion, envasado, almacenamiento, transporte y distribucion de alimentos para consimo humano, con el objeto de garantizar que los productos se fabriquen en condiciones sanitarias adecuadas y se disminuyan los riesgos inherentes a la produccion


BIOTECNOLOGIA DE TERCERA GENERACION: es la rama de la ciencia basada en la manipulacion de la informacion genetica de las celulas para la obtencion de alimentos

REGISTRO SANITARIO: Es el documento expedido por la autoridad sanitaria competente, mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, envasar; e importar un alimento con destino al consumo humano.

RESTAURANTE O ESTABLECIMIENTO DE CONSUMO DE ALIMENTOS: es todo establecimiento destinado a la preparación, consumo y expendio de alimentos.

SUSTANCIA PELIGROSA: Esta forma de material que durante la fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o uso que pueda general polvos, humo, gases, vapores, radiaciones o causar explosión, corrosión, incendio, irritación, toxicidad, u otra afección que constituya riesgo para la salud de las personas o causar daños materiales del ambiente

VIGILANCIA EPIDEMILOGICA DE LAS ENFERMEDADES TRASMITIDAS POR ALIMENTOS: es el conjunto de actividades que permite la recolección de información permanente y continua; tabulación de esta misma, su análisis e interpretación; la toma de medidas conducentes a prevenir y controlar las enfermedades transmitidas por alimentos y los factores de riesgo relacionados con la misma, además de la divulgación y evaluación del sistema.

ARTICULO 3_ - ALIMNETOS DE MAYOR REIESGO EN SALUD PUBLICA: para efectos del presente decreto se consideran alimentos de mayor riesgo en salud publica los siguientes.- carne, productos cárnicos y sus preparados- leche y derivados lácteos-productos de la pesca y sus derivados- productos preparados a base de huevo- alimentos de baja acidez empacados en envase sallados herméticamente. (pH > 4.5)-alimentos o comidas preparadas de origen animal listo para consumo-agua envasada-alimentos infantiles

PARAGRAFO PRIMERO. Se considera alimento de menor riesgo en salud pública aquellos grupos de alimento no contemplados en el presente articulo.

-PARAGRAFO SEGUNDO. El ministro de salud de acuerdo con estudios técnicos, perfil epidemiológico y sus funciones de vigilancia y control, podrá modificar el listado de los alimentos de mayor riesgo la salud pública.

ARTÍCULO 4 – MATADEROS. Los mataderos se consideran como fabricas de alimentos y su funcionamiento obedecerá a lo dispuesto en el titulo V de la ley 09/79 y los decretos reglamentarios 2437 de 1983, de 1987 y los demás que lo modifiquen, sustituyan o adicionen.

ARTÍCULO 5 – LECHE. La producción, procesamiento, almacenamiento, transporte, envase, rotulación, expendio y demás aspectos relacionados con la leche se rigen por la ley 09/79 y los derechos reglamentarios 2437 de 1983, 2473 de 1987 y los demás que lo modifiquen. Sustituyan o adicionen.

ARTICULO 6 – OBLIGATORIEDAD DE DAR AVISO A LA AUTORIDAD SANITARIA. Las personas naturales o jurídicas responsables de las actividades reglamentadas en el presente decreto deberán informar a la autoridad sanitaria competente la existencia y funcionamiento del establecimiento, cualquier cambio de propiedad, razón social, ubicación o cierre temporal o definitivo del mismo para efecto de la vigilancia y control sanitario.

DESINFECCION-DESCONTAMINACION: es el tratamiento físico-químico o biológico aplicado a
las superficies limpias en contacto con el alimento con el fin de destruir las células vegetales de los micros organismos que pueden ocasionar riesgos para la salud pública y reducir sustancialmente el número de otros micro organismos indeseables , sin que dicho tratamiento afecte adversamente la calidad de inocuidad del alimento.

DISEÑO – SANITARIO: es el conjunto de características que deben reunir las edificaciones, equipos, utensilios e instalaciones de los establecimientos dedicados ala fabricación, procesamiento, preparación, almacenamiento, transporte, y expendio con el fin de evitar riesgos en la calidad e inocuidad de los alimentos.

EMBARQUE: Es la cantidad de materia prima o alimento que se transporta en cada vehículo en los diferentes medios de transporte, sea que, como tal, construya un lote o cargamento o forme parte de otro.

EQUIPO: es el conjunto de maquinaria, utensilios, recipientes, tuberías, vajillas y demás accesorios que se emplean en la fabricación, procesamiento de alimentos, preparación, envase, fraccionamiento, almacenamiento, distribución, transporte, y expendio de alimentos y sus materias primas.

EXPENDIO DE ALIMENTO: es el establecimiento destinado a la venta de alimentos para el consumo humano.

FABRICA DE ALIMENTOS: es el establecimiento en e, cual se realice una o varias operaciones tecnológicas, ordenadas e higiénicas, destinadas a fraccionar, elaborar, producir, transformar o envasar alimentos para el consumo humano.

HIGIENE DE LOS ALIMENTOS: son el conjunto de medidas preventivas necesarias para garantizar la seguridad, limpieza y calidad de los alimentos es cualquier etapa de su manejo.

INFESTACION: es la presencia y multiplicación de plagas que pueden contaminar o deteriorar los alimentos y/o materias primas.

INGREDIENTES PRIMARIOS: son elementos constituyentes de un alimento o materia prima para alimentos, que, de ser sustituidos, pueden determinar el cambio de las características del producto, aunque este continuo siendo el mismo.

INGREDIENTES SEGUNDARIOS: son elementos constituyentes de un alimento o materia prima para alimentos, que, de ser sustituidos, pueden determinar el cambio de las características del producto, aunque este continúe siendo el mismo.

LIMPIEZA: es le proceso o la operación de eliminación de residuos de alimentos u otras materias extrañas o indeseables.

MANIPULADOR DE ALIMENTOS: es toda persona que interviene directamente y, aunque sea en forma ocasional, en actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, alimentación, transporte y expendio de alimentos.

MATERIA PRIMA: son las sustancias naturales, elaboradas o no, empleadas por la industria de alimentos para utilización directa, fraccionamiento o conservación en alimentos para consumo humano.

INSUMO: comprende los ingredientes, envase y empaques de alimentos.

PROCESAMIENTO TECNOLOGICO: es la secuencia de etapas u operaciones que se aplican a las materias primas y demás ingredientes para obtener un alimento. Esta definición incluye la operación de envasados y embalaje del producto terminado.